Santo Domingo RD,>El Ministerio de Trabajo informa a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país que el viernes 24 de septiembre, fecha en la que se celebra la festividad religiosa “Día de las Mercedes”, no se cambia.
Atendiendo al cumplimiento de la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, el Ministerio informa que la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el lunes 27 del mismo mes.
La celebración de estas fechas, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
En aquellos establecimientos, que por su naturaleza deben permanecer abiertos al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.
“Cuando por convención entre las partes, el trabajador preste servicios en un día declarado legalmente no laborable, recibirá como retribución el salario a que tiene derecho, aumentado en un ciento por ciento”, establece el artículo 205 del Código de Trabajo de la República Dominicana, Ley 16-92.
Más historias
Raquel Peña abre nuevos centros del programa Oportunidad 14-24 en Santo Domingo Este
Presidente del INDOTEL advierte: se quiere instaurar una cultura de mentiras en el país
Pacientes de Alto Costo reconocen la labor de Adolfo Pérez al frente de Promese/Cal